– La Comisión de Hacienda del Senado conoció este miércoles el
proyecto de Ley que reajusta el Salario Mínimo, la asignación familiar y maternal, el subsidio único
familiar, y modifica otras leyes (Bole#n N° 17508-05), inicia-va que ingresó con suma urgencia y que
es el resultado del acuerdo con la Central Unitaria de Trabajadores (CUT). A la sesión asis-eron los
ministros de Hacienda, Mario Marcel, y de Trabajo y Previsión Social, Giorgio Boccardo; y la
subsecretaria de Hacienda, Heidi Berner, y de Trabajo, Pablo Chacón. La Comisión votará este
miércoles durante la mañana el proyecto, el cual ya fue aprobado por la Cámara de Diputadas y
Diputados.
En lo sustancial el texto incrementa el salario mínimo de los actuales $510.636 a $529.000 el 1 de
mayo de este año, y a $539.000 el 1 de enero de 2026, montos que responden al obje-vo de
mantener el poder adquisi-vo de los trabajadores. También considera un alza en el Subsidio Único
Familiar (SUF) y la Asignación Familiar (AF), además de incorporar a la legislación el Observatorio de
Ingreso de la Vida de las y los Trabajadores.
En su presentación ante la comisión, el ministro de Hacienda, Mario Marcel, entregó una serie de
antecedentes respecto al impacto que -ene en el ámbito laboral el aumento del salario mínimo,
replicando lo hecho en la Cámara de Diputadas y Diputados. Marcel detalló que “los datos del
ingreso mínimo nos indican que actualmente las personas afectas al salario mínimo estaban en 2024
en el orden de las 921.000, algo menos que en 2023, pero básicamente nos hemos estado moviendo
cerca del 18% del total de trabajadores ocupados. Es mayor la proporción de mujeres afectas a este,
alrededor del 20%, mientras que en el caso de los hombres estamos hablando de cifras del orden
del 16%”. En miles de personas, las mujeres afectas al ingreso mínimo totalizan 439.348 y los
hombres 499.572.
Asimismo, la autoridad enfa-zó en que “en términos del contexto en el cual se propone este
aumento del ingreso mínimo, vemos que hace más de un año y medio que la economía chilena se
está expandiendo de manera sostenida, siguiendo una tendencia que es bastante similar de las
tendencias previas a la pandemia y algo por encima del Producto tendencial. Esto es especialmente
notorio cuando uno mide el crecimiento del Imacec no minero desestacionalizado en 12 meses. La
economía llevados trimestres expandiéndose en promedio cerca del 3%. Estas cifras exceden el
promedio trimestral del Imacec entre el 2013 y el 2019, que es la referencia histórica más cercana.
Y también están por arriba del crecimiento tendencial que el Banco Central es-ma en 1,8%”.
Por su parte, el ministro del Trabajo y Previsión Social, Giorgio Boccardo, subrayó los obje-vos
centrales de esta polí-ca pública. “Esta propuesta forma parte de la polí-ca salarial de cuatro años
que implementó el Gobierno y que, de aprobarse, permi-ría llegar a enero de 2026 con un salario
mínimo de $539.000. Los obje-vos de este reajuste son, por un lado, asegurar que el salario mínimo
de $500.000 mantenga su poder de compra frente a la inflación del úl-mo año, y por otro, que
ningún trabajador que reciba salario mínimo quede por debajo de la línea de la pobreza”, explicó la
autoridad.
En esa misma línea, el secretario de Estado destacó el compromiso del Gobierno con las pequeñas
y medianas empresas en este -po de procesos. “Un sello de nuestro Gobierno es que las alzas
sistemá-cas del salario mínimo siempre han venido acompañadas de un apoyo concreto a las pymes.
Este enfoque ha sido muy valorado por ellas, y esperamos que esta vez no sea la excepción”, señaló
el ministro Boccardo.
Otros componentes del proyecto
A par-r del 1º de mayo de 2025, el ingreso mínimo mensual para los(as) trabajadores(as) menores
de 18 y mayores de 65 años se elevará a $394.622, y a contar del 1° de enero de 2026 a $402.082. Y
el ingreso mínimo mensual para efectos no remuneracionales, a par-r del 1º de mayo de 2025
ascenderá a $340.988, y a par-r del 1° de enero de 2026, a $347.434.
Respecto al SUF y la AF, aumentarán según el tramo a $22.007, $13.505 y $4.267. Además, el
proyecto contempla inyectar recursos al Fondo de Estabilización de Precios del Petróleo (FEPP) para
que el precio del kerosene no supere los $1.050.
Respecto a las Mipymes, el proyecto propone un subsidio a favor de las personas jurídicas sin fines
de lucro, comunidades, y personas naturales y jurídicas que tengan el carácter de micro, pequeñas
y medianas empresas, para el caso en que la variación en el monto del salario mínimo, a par-r de
enero de 2026, sea superior a la inflación efec-va del año 2025. Esta medida no excederá los $10.000
millones y sus recursos serán legislados en la Ley de Prepuestos para 2026.
La propuesta suma también un nuevo criterio para la asignación de recursos des-nados a proyectos
de formación sindical y diálogo social, garan-zando la preferencia de las organizaciones sindicales
en el acceso al Fondo de Formación Sindical y Relaciones Laborales Colabora-vas, fortaleciendo su
rol en la promoción de derechos de los trabajadores.
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